AYUDAS DE APOYO AL SECTOR PESQUERO

ASUNTO: EXTRACTO DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA DEL R.D. 854/2021, QUE CONVOCA AYUDAS DE APOYO AL SECTOR PESQUERO PARA FOMENTAR LA RECUPERACIÓN Y MODERNIZAR EL MODELO PRODUCTIVO.
Les remitimos copia del Extracto de la Disposición adicional tercera del R.D. 854/2021, de 5 de octubre, por la que se convocan las ayudas de apoyo al sector pesquero para fomentar la recuperación y modernizar el modelo productivo –circular 143/21-.
Beneficiarios. Asociaciones del sector extractivo, acuícola, comercializador y transformador y OPs que pongan los proyectos financiados a disposición de todos sus asociados, y pequeñas y medianas empresas («PYME») de la producción, transformación o comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura si cumplan los requisitos del Reglamento 1388/2014 y del artículo 3 g) del real decreto 854/2021.
Objetivo: Impulsar la sostenibilidad, la investigación, la innovación y la digitalización del sector pesquero desde el punto de vista económico, medioambiental y social1.
Bases reguladoras. Aprobadas por el Real Decreto 854/2021.
Cuantía y duración: Los solicitantes del artículo 2 c) –asociaciones, OPs-: hasta el 100% del coste subvencionable del proyecto, si tiene un presupuesto mínimo de 100.000 euros y máximo de 300.000 euros.
Los solicitantes del artículo 2 d) –PYMES-: hasta el 50% del coste subvencionable del proyecto, si tiene un presupuesto mínimo de 100.000 euros y máximo de 300.000 euros.
1 Componente 3 (Transformación Ambiental y Digital del Sistema Agroalimentario y Pesquero) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Economía Española Inversión 9 (Plan de impulso a la sostenibilidad, investigación, innovación y digitalización del sector pesquero (IV): Digitalización de los medios para la vigilancia de la flota pesquera),
Gastos subvencionables: Los del artículo 6.10.c) de las bases. Deben ser realizados a partir de la fecha de concesión de la ayuda
Ejecución de los proyectos. Se extenderá como máximo hasta el 30 de septiembre de 2023.
SOLICITUDES
Pueden acceder a los documentos de la convocatoria en el siguiente enlace:
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/591189
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE –se publica hoy 27.10.2021-.
La presentación de las solicitudes se realizará a través del Registro Electrónico General, disponible en el Punto de Acceso General electrónico (PAGe), y en la sede electrónica asociada https://sede.mapa.gob.es/ conforme al modelo o formulario normalizado de solicitud que se acompaña en esta convocatoria, que estará disponible en la citada sede electrónica.
Criterios de valoración La distribución de fondos disponibles se realizará conforme al artículo 12.3 del Real Decreto 854/2021, de 5 de octubre.

https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/591189